Integridad física

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Construir una escalera con peldaños a distinta altura constituye un incumplimiento del contrato, pues la hace inhábil para su finalidad.

29 de enero de 2014 Jurisprudencia

La distinta altura de los peldaños es una deficiencia que convierte la prestación del constructor en "absolutamente inhábil", pues "un vicio de esa clase afecta a la seguridad e integridad física de las personas que puedan subir y bajar por la escalera, pues un escalón más alto o más bajo puede ser causa ordinaria de caídas".

Construir una escalera con peldaños a distinta altura constituye un incumplimiento del contrato, pues la hace inhábil para su finalidad.

29 de enero de 2014 Jurisprudencia

La distinta altura de los peldaños es una deficiencia que convierte la prestación del constructor en "absolutamente inhábil", pues "un vicio de esa clase afecta a la seguridad e integridad física de las personas que puedan subir y bajar por la escalera, pues un escalón más alto o más bajo puede ser causa ordinaria de caídas".

Construir una escalera con peldaños a distinta altura constituye un incumplimiento del contrato, pues la hace inhábil para su finalidad.

29 de enero de 2014 Jurisprudencia

La distinta altura de los peldaños es una deficiencia que convierte la prestación del constructor en "absolutamente inhábil", pues "un vicio de esa clase afecta a la seguridad e integridad física de las personas que puedan subir y bajar por la escalera, pues un escalón más alto o más bajo puede ser causa ordinaria de caídas".

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